60 AÑOS SUMA DE 4 DELITOS©

BOLETIN ABUNDEMEX®

Al dar su posición la administración municipal del municipio que ostenta el cuarto lugar a nivel nacional como municipio exportador  y el segundo a nivel estatal en población, que sin embargo es considerada la “Capital Industrial de Nuevo León” en el tenor de las demandas entre particulares, y afirmando que el municipio no tiene ningún interés en participar en un litigio, sumando aún que si a determinada funcionaria se le comprueba su participación en seis delitos configurados en complicidad con mesas directivas de colonias donde fueron impuestas.

Desgraciadamente existe un tope de 60 años que deberían ser en realidad 75 si en México no existiera ese tope.

En fin este es otro boletín para ir alineando la ofensiva legal correspondiente para empezar a buscar justicia.

Todas las demandas tendrán un acusado en común y 3 en particular por cada colonia según las juntas que hemos realizado. Al declinar la administración, esto ya es entre miles de particulares defraudados y las personas que participaron en los ilícitos.

Para el daño que han hecho 60 años es poco pero también buscaremos en la ley de extinción de dominio algo de esa justicia que se busca.

Es importante señalar que, una vez promovidas las acciones correspondientes, cada hecho, documento, firma, gestión, autorización, omisión y acto presuntamente irregular quedará sujeto al escrutinio de las autoridades competentes y de los órganos jurisdiccionales. Quienes hubiesen participado directa o indirectamente en conductas constitutivas de fraude, abuso de confianza, asociación delictuosa, falsedad de declaraciones, ejercicio indebido de funciones o cualquier otra figura jurídica aplicable, deberán responder individualmente por sus actos bajo el principio de responsabilidad personal previsto en nuestro sistema jurídico.

La experiencia demuestra que los procedimientos judiciales y las investigaciones patrimoniales suelen revelar elementos que inicialmente permanecen ocultos, por lo que ninguna intervención, colaboración, beneficio obtenido o participación material o intelectual debe considerarse ajena al alcance de la ley. La eventual responsabilidad civil, penal y patrimonial no prescribe por la simple expectativa de impunidad ni desaparece por el transcurso del tiempo mientras existan acciones legales vigentes para perseguirla.

Las demandas ya están casi listas seguiremos informando.

ABUNDEMEX®

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