‘Lo Único Seguro es la muerte’ ©

“Deducir  tu muerte en vida” algo de verdad muy justo, lógico  e inobjetable…

Por cpa huggo romero mora™

Si la muerte es lo único seguro, en este mundo, ¿Por qué la previsión  funeraria no es deducible?…

Los gastos funerarios son deducibles  cuando ocurre el deceso y aplica a quien los paga. Pero “la previsión funeraria” NO.

Si hablamos de ‘justicia fiscal’ cada erogación hecha para una previsión DEBE SER DEDUCIBLE en el mes o periodo que se pague.

Si no se deduce en vida, menos después de muerto, o que se le dé carácter de ‘gasto heredable’ para que alguien aproveche esa deducción en forma real.

El fundamento está en el sentido común tributario ® y la lógica fiscal ® porque es el único gasto que se cumplirá irremediablemente; La contingencia para que se cumpla solo es cuestión de tiempo no depende  de  nada más,  la muerte es algo que nadie quiere pero a todos llega. Es algo tragicómico, porque precisamente la materialidad de este gasto es la desaparición física de la materia (fallecimiento de la persona física) y ahí se constituye el gasto y no tiene falla  eso cualquier  persona normal lo sabe  lo entiende.

‘En este orden de ideas la previsión funeraria debe ser deducible completamente cuando se pague, independientemente  del tiempo en que se use, sin perjuicio de que puedan deducirse otros gastos funerarios adicionales  que se paguen, siempre y cuando  cumplan con los requisitos de deducibilidad establecidos’.

Esta medida puede incentivar  este sector de negocios provocando una derrama económica y generación de empleo muy grande porque se permitiría “deducir  tu muerte en vida” algo de verdad muy justo, lógico e inobjetable.

Elevaré esta idea- iniciativa a las instancias de la SHCP correspondientes.

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