Propuesta para el tratamiento justo a ‘los ingresos acumulables de las personas físicas’. (Actividades Preponderantes y Secundarias)

En virtud de que el impuesto debe ser equitativo por principio establecido, y dado que muchas personas físicas tienen varias actividades para poder sobrevivir en una economía muy difícil, debe apoyar el estado su economía dando un tratamiento más justo a los ingresos acumulables.
Se propone que se aplique la tabla normal a la actividad preponderante, pero a los demás ingresos que pudiera percibir, se le retenga el 10% al (los) ingreso(s) secundario(s) sin deducción alguna y que sea pago definitivo e instantáneo.
Con el sistema tan sofisticado que tiene el SAT toda la información relacionada con un RFC aparece al instante, de modo que se tendría la información de cada ingreso clasificándolo por actividad preponderante y actividades secundarias.
Dentro de las actividades secundarias estarían todas aquellas que pudiesen generar un ingreso, que puede ser esporádico, intermitente o sin movimiento y se presentarían en la declaración anual como ingresos no acumulables, toda vez que ya se pagó un impuesto definitivo por ellas al realizarse.
De esta forma la secretaria tendría ingresos tipo IVA o sea al instante y ese ingreso ya queda libre para su generador.
Se elimina también esa “estrategia fiscal” muy socorrida que se basa en usar terceros para “partir” los ingresos, ya que de esta manera solo los ingresos de la actividad preponderante son los acumulables para el ISR Anual, y todos los ingresos de las actividades secundarias ya no se acumulan.
La iniciativa es en el sentido de adicionar una fracción al artículo 45 del reglamento del CFF para introducir el concepto de “Actividades secundarias” definición y tratamiento así como a los artículos que se refieren a los ingresos acumulables de la LISR, CFF, y sus reglamentos para adecuarlos a esta iniciativa.
Esta si es una simplificación administrativa tributaria de fondo no solo de forma, porque establece una justicia fiscal, por un lado se paga un impuesto justo sobre los ingresos, y por otro la secretaría obtiene recursos mensuales en lugar de anuales y tiene mucha mayor liquidez.
La sociedad civil necesita propuestas que lo incentiven a invertir, solo medítenlo.
*imágenes usadas solo para ilustración del artículo. Ntld.

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