La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la reforma a la Ley de Amparo,
modificando el artículo transitorio que establecía la retroactividad de la ley.
El nuevo texto del artículo 3º transitorio de la Ley de Amparo diferencia entre las etapas procesales ya concluidas y las que aún estén en trámite al momento de la entrada en vigor de la reforma.
El presidente de la Comisión Jurisdiccional, Hugo Eric Flores, de Morena, dijo que el objetivo es aclarar una pregunta común: ¿qué sucede con los juicios que están en trámite cuando cambia una ley procesal?
Explicó que el principio es el siguiente: “Lo hecho queda bajo la ley antigua. Lo que se haga después, bajo la nueva.”
Esto significa que las decisiones o suspensiones ya concedidas seguirán rigiéndose por las normas anteriores, porque constituyen derechos adquiridos. Pero cualquier actuación futura dentro de esos mismos juicios se resolverá conforme a la nueva disposición legal, una vez que el decreto se publique en el Diario Oficial de la Federación.
Otros de los cambios fueron los siguientes:
- La reforma establece que los juicios de amparo podrán realizarse completamente en línea, mediante reglas uniformes que equiparan el valor de los expedientes electrónicos con los físicos.
- Los jueces tendrán 90 días naturales para dictar sentencia una vez celebrada la audiencia constitucional, reduciendo los plazos procesales actuales.
- Los órganos jurisdiccionales podrán desechar de manera más ágil las recusaciones que tengan como fin dilatar el procedimiento.
- En materia de interés legítimo, la reforma precisa que la lesión jurídica puede ser individual o colectiva, eliminando el requisito de que sea “actual” y “directa”.
- En cuanto a medidas cautelares, introduce criterios más detallados: los jueces deberán acreditar el interés suspensional, la apariencia del buen derecho y ponderar el interés social.

La reforma también introduce restricciones al uso del amparo en materia fiscal, para garantizar el cobro de créditos determinados y reducir el uso de mecanismos legales que han prolongado durante años los litigios tributarios. Con estas medidas, se busca fortalecer la certeza jurídica y la eficiencia en los procedimientos judiciales y administrativos.
El Senado de la República aprobó este miércoles las modificaciones que realizaron los diputados al proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley de Amparo, del Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
“Se trata de cambios que responden a la necesidad de perfeccionar la institución del amparo como mecanismo central de protección de los derechos fundamentales frente a actos de autoridad, así como de evitar el uso abusivo o dilatorio de los recursos administrativos y judiciales en materia fiscal que obstaculizan la recaudación de créditos firmes y afectan el interés social y el orden público”, indicó el Senado en un comunicado.
Tras su aprobación en lo general y en lo particular, el dictamen fue enviado al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Leave a Reply