LA BATALLA DE LOS MAESTROS JUBILADOS SIGUE

Lucilda Pérez Salazar

FIN DE UNA ETAPA. INICIO DE OTRA.

Con la presentación de la demanda de los jubilados y pensionados de la Sección 50 contra el ISSSTELEON y el Gobierno del Estado, se inicia una nueva etapa en nuestra lucha por restablecer la vigencia del artículo 14 constitucional, particularmente el principio de irretroactividad de la ley, vulnerado al dejar de pagar a los jubilados y pensionados de la Sección 50 los porcentajes de incremento correspondientes a sus pensiones de los años 2024, 2025 y 2026: 6.43%, 3.79% y 3.31%, respectivamente.

  • La demanda fue construida en el despacho del Dr. Manuel Fuentes Muñiz, como asesor principal, con la participación también de las abogadas Marili Castillo y Astrid Gabriela Bonilla.
  • El texto de la demanda es certero en su enfoque, apegado a derecho y robustecido con nuestras ideas, argumentos y los datos disponibles.
  • El equipo de abogados combatió con brillantez jurídica cada uno de los alegatos y argumentos presentados por el director del ISSSTELEON, Lic. José Carlos Hernández Caballero, en su documento de respuesta a nuestro reclamo. En dicho documento, el titular del ISSSTELEON se niega a reconocer el adeudo generado por la omisión del pago de los incrementos pensionarios a los jubilados y pensionados del Instituto pertenecientes a la Sección 50, que en conjunto suma, a la fecha, más de 1,000 millones de pesos.
  • La demanda fue firmada por 8,669 jubilados y pensionados, todos con personalidad jurídica debidamente acreditada mediante su documentación completa, misma que fue exhaustivamente revisada por personal del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Nuevo León.
  • Acudió a firmar la demanda —y, por ende, a defender sus derechos adquiridos— aproximadamente el 65% de los jubilados y pensionados de la Sección 50. Quienes no alcanzaron a firmarla enfrentaron, en muchos casos, circunstancias de fuerza mayor: enfermedades graves, condiciones de postración física o residencia en asilos. Un número considerable vive en otros estados de la República, en Estados Unidos o en otros países. Los menos fueron compañeros que decidieron no firmar la demanda.
  • El éxito de nuestra reclamación jurídica no depende únicamente de la defensa de los abogados, aunque esta sea fundamental. Depende también del acompañamiento público de la parte actora, es decir, de nosotros, los promoventes, quienes somos los directamente interesados en que este asunto se resuelva favorablemente.
  • La demanda no es de los abogados ni del equipo que hemos trabajado en su construcción. Es de cada uno de los demandantes.

No basta con estampar nuestra firma y dar por concluida nuestra participación.

Todas y todos estamos obligados a participar en las acciones que vendrán, para conseguir una sentencia favorable lo más pronto posible.

  • No quiero terminar este texto sin hacer un justo y merecido reconocimiento al Equipo de Trabajo de nuestro “Movimiento 6.43”, que laboró incansablemente en la preparación de los documentos y anexos que acompañan la demanda jurídica y que, en total, sumaron aproximadamente 30,000 fojas originales, más 90,000 copias simples para los traslados correspondientes.

Toda esta documentación fue entregada al personal del Tribunal durante ocho horas consecutivas de trabajo.

  • Esto se dice fácil, pero representó casi seis meses de trabajo constante, de marzo a agosto, con jornadas de hasta ocho horas diarias. Una veintena de compañeras jubiladas y dos compañeras en activo aplazaron sus vacaciones, dejaron temporalmente las tareas de sus hogares y difirieron sus actividades académicas para dedicar su tiempo, esfuerzo y compromiso a una causa que nos pertenece a todos:

LA DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS ADQUIRIDOS.

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