■ BANDO REAL DE APODACA

POR MANDATO DE LA LEY Y DE LA JUSTICIA, SE HACE SABER:
Que en esta noble ciudad de Apodaca han surgido individuos sin ciencia jurídica ni autoridad
legítima, que se ostentan como mesas directivas en colonias nuevas, incurriendo en actos
fraudulentos, falsificación de documentos y abuso de confianza, todos agravados por la mala fe
y el contubernio con seudoservidores públicos.
■■ SE DECLARA:
Que dichas conductas constituyen violaciones graves a:

  • El Código Penal Federal, que sanciona la falsificación, el uso indebido de documentos y los
    fraudes cometidos en perjuicio de la sociedad.
  • El Código Penal para el Estado de Nuevo León, que castiga el abuso de autoridad, la
    falsificación de documentos, el fraude y la asociación delictuosa.
  • El Código Civil para el Estado de Nuevo León, que reconoce al acta constitutiva como
    documento público con plena validez legal, el cual únicamente puede ser modificado por
    mandato expreso de la Asamblea General de Asociados.

■ SE ORDENA RECORDAR:

  1. Que la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento, ni mucho menos del castigo que
    impone.
  2. Que ningún servidor municipal puede amparar actos ilícitos; hacerlo lo convierte en
    cómplice y lo sujeta a responsabilidad administrativa y penal.
  3. Que todo documento constitutivo, al ser público, tiene efectos jurídicos vinculantes y no
    puede ser alterado mediante acuerdos espurios ni mediante artilugios administrativos.

■ SE INSTRUYE AL PUEBLO DE APODACA:

  • Revisad con celo vuestras actas constitutivas.
  • No os dejéis engañar por mesas directivas falsas ni por documentos adulterados.
  • Iniciad revisiones de gastos con copia al SAT, pues la raíz de tales intenciones ilícitas yace en
    el manejo oscuro de recursos que pertenece al pueblo.

■■ SE ADVIERTE AL MUNICIPIO Y A SUS SERVIDORES:
Que si alguno de ellos se colude o se hace ciego ante las ilegalidades de estas mesas espurias,
será alcanzado por la espada de la ley, quedando sujeto a lo dispuesto por la Ley de
Responsabilidades de los Servidores Públicos, además de las sanciones penales y civiles
correspondientes.

✒■ ASÍ QUEDA PROCLAMADO
En Apodaca, tierra del pueblo y para el pueblo, donde la justicia no se arrodilla ante intereses
mezquinos, y donde ningún ladrón disfrazado de directivo osará someter la voluntad soberana
de las colonias libres.
Dado, firmado y sellado en nombre de la legalidad y del derecho.

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