Por cpa huggo romero mora™
PPR y Aportaciones Voluntarias Retiro
NO ES CIERTO LO QUE TE DICEN “TODO LO QUE AHORRES ES DEDUCIBLE”
Las aportaciones voluntarias que realizas a tu Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) o a planes personales de retiro (PPR) son deducibles de impuestos en México. Este beneficio fiscal tiene como objetivo incentivar el ahorro a largo plazo para la jubilación.
¿Cómo funciona la deducción?
Puedes deducir tus aportaciones voluntarias en tu declaración anual de impuestos, lo cual puede resultar en un saldo a favor o una reducción del impuesto a pagar. La deducción se aplica bajo los siguientes lineamientos:
- Límite global: El monto total de las aportaciones deducibles (incluyendo aportaciones a Afores y PPR) no debe exceder del 10% de tu ingreso acumulable en el ejercicio fiscal.
- Tope máximo: Además del límite porcentual, existe un tope absoluto de 5 Unidades de Medida y Actualización (UMA) anualizadas
Es importante destacar que el beneficio fiscal aplica a las aportaciones con perspectiva de inversión a largo plazo:
- Aportaciones Voluntarias con Rendimientos (Ahorro a Largo Plazo) en tu Afore.
- Planes Personales de Retiro (PPR) autorizados.
Ejemplo Práctico de la Limitante del 10%
Datos de referencia para el ejercicio 2025 (valores estimados):
- Ingresos Acumulables Anuales del Contribuyente: $850,000 MXN.
- Valor de la UMA anual 2025: $41,273.52 (valor mensual $3,439.46 x 12) x 5 UMAS = $206,367.60 MXN.
Cálculos:
- Calcular el 10% de los ingresos acumulables:
$850,000 MXN * 10% (0.10) = $85,000 MXN. - Determinar el tope máximo global (5 UMA anuales):
El tope máximo fijado por ley es de $206,367.60 MXN. - Comparar ambos montos y elegir el menor:
- Monto 10% ingresos: $85,000 MXN
- Tope 5 UMAS: $206,367.60 MXN
- El monto menor es $85,000 MXN.
Resultado:
En este ejemplo, el contribuyente podrá deducir hasta un máximo de $85,000 MXN por concepto de aportaciones voluntarias o PPR realizadas durante el año.












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