Gourmet Fiscal®

‘Solo puntos muy finos’ de la materia Tributaria… ¡Leído Anette!

Por cpa huggo romero mora™

https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2025/10/18/el-sat-te-espiara-desde-tu-cuenta-de-netflix-de-esto-trata-la-reforma-al-codigo-fiscal-2025

A ver; esto aún no se aprueba, y la verdad no creo que llegue a la realidad, los datos que obtendrían ya los tiene el SAT (La facturación de estas plataformas a los clientes) además las plataformas de diversión NO SON DEDUCIBLES; Sería una estupidez perder el tiempo y recursos en algo que ya tienen, este intento de reforma está micciondo fuera de la olla la verdad.

En términos lógicos, resulta contradictorio que se pretenda reformar un marco fiscal para obtener información que ya es accesible mediante los mecanismos de control tributario existentes. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene plena capacidad para rastrear ingresos y egresos mediante los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), conforme al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF), y a las obligaciones establecidas en los artículos 32-A y 33 del mismo ordenamiento, que facultan al SAT para verificar y cruzar información de los contribuyentes.

Por otro lado, la naturaleza no deducible de los gastos en plataformas de entretenimiento se sustenta en el artículo 28, fracción IV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), que establece que no serán deducibles las erogaciones personales que no sean estrictamente indispensables para la actividad del contribuyente. En este sentido, las plataformas de diversión no generan valor productivo ni cumplen con los criterios de necesidad o vinculación con la generación de ingresos gravables.

Desde una perspectiva de eficiencia administrativa, promover una reforma que duplique información o mecanismos de control resulta una mala práctica legislativa. Implica desvío de recursos, duplicidad de funciones y sobrecarga burocrática, cuando la propia legislación fiscal ya contempla herramientas para fiscalizar las operaciones digitales. Lo razonable sería fortalecer la interoperabilidad de los sistemas de información existentes en lugar de crear nuevos instrumentos redundantes.

En suma, este tipo de propuestas muestran un desconocimiento técnico del sistema fiscal mexicano y de la arquitectura digital que el SAT ha consolidado durante los últimos años. Si la intención es combatir la evasión o elusión fiscal, existen mecanismos más precisos, como el fortalecimiento del artículo 31 del CFF relativo a la obligación de conservar documentación comprobatoria o el uso de auditorías electrónicas más inteligentes, en lugar de intentar reinventar un sistema que ya funciona.

Este artículo se te quedará en la mente en 3, 2 ¡ahora!

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