Aprueba Cámara de Diputados sanciones contra violencia digital con IA y acoso laboral

La Cámara de Diputados aprobó el dictamen que adiciona un quinto párrafo al artículo 20 Quáter a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en materia de inteligencia artificial generativa.

El dictamen establece que se sancionará toda conducta dolosa consistente en la generación total o parcial de imágenes, videos o audios de contenido sexual íntimo que simulen actos sexuales o representaciones de carácter pornográfico de una persona, sin su consentimiento, aprobación o autorización, mediante el uso de medios tecnológicos.

Asimismo, la divulgación, distribución, publicación o compartición de dicho material, aún cuando haya sido creado total o parcialmente mediante dichos medios.

Hace notar que la violencia en línea es una discriminación de género y violación de derechos humanos y se origina en los desequilibrios de poder, el patriarcado y la misoginia.

Esta forma de agresión forma parte de un continuo de violencias de género diversas, recurrentes e interseccionales. Y, las tecnologías de información y comunicación intensifican las formas existentes de violencia como el acoso sexual y la violencia de pareja, al tiempo que generan nuevas modalidades de violencia de género facilitadas tecnológicamente.

Puntualiza que la violencia digital genera graves daños psicológicos, físicos, sexuales y económicos, además de un efecto paralizador que impide su participación plena en la vida pública, con repercusiones sanitarias, sociales y económicas. Afecta el acceso a internet, causa daños colectivos y favorece tecnologías con sesgo de género.

Agrega que los espacios digitales reflejan, refuerzan y agravan la desigualdad de género estructural sistémica, las normas culturales y sociales profundamente arraigadas, así como los patrones de masculinidades perjudiciales que impulsan todas las formas de violencia contra las mujeres.

El pleno de la Cámara de Diputados también aprobó otras nueve reformas en distintos temas, como sancionar con cárcel los delitos de acoso sexual y acecho laboral, desarrollo sustentable, equilibrio ecológico, de educación inclusiva, de vivienda digna, para declarar los días 21 de junio de cada año como el Día Nacional de la Apicultura.

Sobre la reforma al acoso sexual y acecho laboral, la Cámara aprobó modificaciones en el Código Penal Federal para tipificar penalmente el acoso sexual y el acecho aun sin connotación sexual.

Con esta reforma se define el acoso sexual como “el asedio o intimidación con fines lascivos de manera reiterada por cualquier medio, causando daño psicoemocional o alteración en la vida cotidiana. Se propone una pena de uno a tres años de prisión y hasta 600 días de multa”.

En tanto, el acecho queda como “una conducta diferenciada (sin requerir fines sexuales) para quien, de manera reiterada y sin consentimiento, realice vigilancia, seguimiento o contacto no deseado que altere la vida de la víctima. La pena será de seis meses a un año de prisión”.

Además se consideran agravantes como la subordinación laboral, docente o doméstica, y si las conductas de acoso sexual y acecho se realizan en contra de menores de edad y grupos vulnerables. Todo esto por cualquier medio, incluyendo el digital.

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