La Cámara de Diputados aprobó, en lo particular y en lo general, con la mayoría calificada de 343 votos a favor, 129 en contra y una abstención, el dictamen que reforma el artículo 107 y adiciona un quinto párrafo al artículo 105 de la Carta Magna, que impediría que las reformas a la Constitución fueran impugnadas por cualquier vía.
Ahora, el proyecto de decreto pasa a las legislaturas de los estados para su eventual discusión y, en su caso, aprobación. Tiene que ser aprobada por 17 Congresos estatales para que pueda ser declarada como reforma constitucional.
Con lo aprobado, se determinó adicionar un quinto párrafo al artículo 105 que dice: “Son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a la Constitución”.
En tanto, la reforma al primer párrafo de la fracción II del artículo 107 constitucional, añade que “no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a la Constitución”.
Con ello, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) quedará imposibilitada para admitir a trámite y resolver cualquier acción de inconstitucionalidad, controversia constitucional o amparo en contra de una reforma constitucional que afecte a ciudadanos, como sería el caso de la Reforma Judicial.
La Mesa Directiva en San Lázaro citó a sesión ordinaria este jueves 31 de octubre a las 17:00 horas, a la espera de los votos aprobatorios de los congresos locales para dar declaratoria de constitucionalidad al decreto.
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