Aprueba Congreso reformas a Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Con el fin de que las autoridades protejan a las mujeres de una forma de violencia que puede tener efectos devastadores en su vida personal, laboral y social, el Congreso del Estado aprobó por unanimidad reformar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

La diputada del PRD, Perla Villarreal Valdez, aseguró que la violencia de género va escalando hasta llegar a su peor expresión: el feminicidio, por lo que es fundamental estudiar este fenómeno de manera específica para desarrollar una política criminal que permita investigar, sancionar y erradicar la violencia, y no solo sus manifestaciones más graves.

Señalo que se incorporó en la ley el concepto de alerta de violencia de género contra las mujeres, pues consideran impensable que en un estado como Nuevo León, que ocupa los primeros lugares en feminicidios, no esté claramente definido qué se entiende por alerta de violencia de género. Además, buscan adecuar la legislación para incluir las disposiciones de la Ley Olimpia, que aborda la violencia digital.

“La revolución tecnológica y la era digital han aportado avances y oportunidades, sin embargo, también han traído nuevos desafíos y amenazas. Uno de estos desafíos es la violencia sexual digital, un delito en constante crecimiento y que afecta de manera desproporcionada a las mujeres”, aseguró.

“Contexto de violencia y la exposición a una constante sistemática de violencia, física, sexual o psicológica, patrimonial, o económica por la edad, género discapacidad, apariencia física, forma de vestir, hablar y estimular roles o estereotipos socialmente atribuidos o por asumir públicamente su orientación sexual o por cualquier otro motivo”, destacó la legisladora.

Aclaró que la violencia digital es una acción dolosa en la que se realiza mediante el uso de tecnologías de la información, de la comunicación y de Inteligencia Artificial generativa por la que se elabore, edite, altere, exponga, distribuya o difunda de contenido intimo o sexual de una persona sin su consentimiento.

Por su parte la diputada de Morena, Greta Barra, comentó que los medios de comunicación, redes sociales, páginas de internet donde se promueva el contenido que haya sido difundido sin el consentimiento será inhabilitada y se dará un cumplimiento para una orden judicial.

Señaló que la audiencia deberá celebrarse dentro de los cinco días siguientes a la imposición de las medidas de protección previstas en ese artículo, y el juez podrá cancelarlas, ratificarlas o modificarlas considerando la información disponible, así como la irreparabilidad del daño.

La Ley Olimpia es un conjunto de reformas que buscan reconocer la violencia digital y sancionar los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales, también conocida como ciberviolencia. Contempla sanciones de tres a seis años de prisión para quienes realicen estas acciones y multas que van de 500 a 1,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

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